En fotografía hay una modalidad que se conoce como ‘Robados‘, la cual consiste en fotografiar personas sin que se den cuenta o no conozcamos, normalmente en la calle. Cuando uno realiza este tipo de fotografías debe tener en cuenta ciertos aspectos legales, sobre todo si esas fotos van a publicarse en Internet, concursos, exposiciones…
Ante la pregunta ¿puedo fotografiar personas en la calle? Legalmente no, como norma general. Aunque existen diversos matices.
Si pensamos difundir las fotos de ningún modo:
– Se necesita autorización expresa de la persona a fotografiar.
– Si la persona mira a cámara se entiende que da su consentimiento (expreso en el punto anterior no se reduce a escrito en los adultos, pero sí en los menores quienes necesitarán el consentimiento escrito de padres o tutores legales).
– Se pueden fotografiar personas en la calle si existe un interés científico, histórico o cultural relevante, también si es una persona de relevancia pública.
– Si la persona es accesoria a la imagen, como en una foto familiar en un monumento o en fiestas tipo carnavales, feria… puede aparecer, aunque estaría en su derecho de impedir su difusión si la persona pudiera ser reconocida con facilidad.
Si no vas a difundir las fotos de algún modo:
Puedes tomar fotografías de personas en la calle, adultos o menores, siempre que no las difundas ni seas profesional. Este tipo de fotografías se denominan ‘imágenes privadas’. Obviamente la ley no permite la toma de fotografías a personas en sus casas sin el consentimiento expreso.
Estos son los aspectos legales, después es difícil impedir o controlar la difusión de una fotografía en internet, más aún saber que tu propia cara está navegando de web en web. Hay que aplicar, como en todo, el sentido común y respetar si una persona no quiere ser fotografiada.