Finalmente la SGAE ha sido condenada a pagar por el vídeo que un detective de la SGAE grabó en una boda y presentó como prueba en un juicio de derechos de autor (alegando que en esa boda se usó música con copyright).
Hace unos días la Agencia de Protección de Datos archivó la demanda pero ahora ha rectificado, firmando el director de dicha agencia una resolución que condena a la SGAE a pagar 60.101,21 € por violación de la intimidad. De momento no pagará esa cantidad porque van a presentar un recurso. Espero que vuelvan a perder y tengan que pagar más todavía
La resolución dice lo siguiente:
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SGAE condenada a pagar 60.000 € por el vídeo de la boda











No entiendo, ¿Es ilegal usar música con copyright en un evento privado? ¿No es para eso que sirve la música comercial?
(digo primera porque lo del “detective” merece una contrademanda)
No sé mucho de derecho en España, pero estoy estudiando derecho aquí en México y le veo sentido a esto por ninguna parte, si sucediera en México (claro que nuestro derecho está más atrasado) ni siquiera se podría poner la primera demanda
O es que más bien, no entiendo porqué fue la demanda.
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Flipante que se metan en tu propia boda de esa manera.. y encima querían llevar razón.
Hola Xacur, el problema en España es que la SGAE insiste en tergiversar la Ley española para así ajustarla a sus necesidades. Siempre se ha dedicado a llegar a los límites legales para así ganar juicios totalmente fuera de lugar e incoherentes.
La SGAE se dedicaba hace algunos años a infiltrar detectives en bares, bodas y todo local o celebración que pueda tener una radio, un televisor, un reproductor de música o similar. El detective grababa a escondidas y luego presentaban las cintas de vídeo como prueba en los juicios intentando demostrar que usaban música con copyright (otra cosa es que esa música estuviera asociada a la SGAE, hasta hace poco lograban cobrar por la música que ellos no tenían asociada, menos mal que algunos jueces tienen una visión clara).
En muchas ocasiones le han dado por válida la prueba del vídeo ya que eran sentencias nuevas y los jueces no sabían que hacer. Entonces daban la razón a la SGAE que, se supone, defiende la cultura y y no podía ser mala. Pero ya la cosa es distinta para la SGAE y las sentencias empiezan a fallar en contra de ella. En este caso la prueba del vídeo fue considerada nula porque se obtuvo ilícitamente (como el resto de las veces), violando el derecho a la intimidad. Por este motivo se denunció a la SGAE y si pierden el recurso presentado deberán pagar 60.000 € o más.
El derecho en México no creo que esté más atrasado, simplemente es claro porque no hay una sociedad de derechos con fuerza que modifique a gusto la Ley. La Amprofon no tiene la suficiente fuerza como para hacerlo, aún, tendréis que luchar para impedir que coja el poder que tiene la SGAE.
Public Enemy, menos mal que aunque parezca mentira hay instituciones que velan por nuestro derechos
Xacur, puedes ver sobre la noticia del vídeo (antigua) aquí: http://www.youtube.com/watch?v=3xkc39O0U4M
El salón de bodas tuvo que pagar una considerable suma de dinero, aunque no se validó la prueba del vídeo.
Donde las dan las toman.
> Introducir risa malvada aquí >:D <
[...] , Autobuses Escolares) llegándose incluso a utilizar métodos a mi parecer bastante curiosos [ Boda ], con el único objetivo de promover la [...]